La declaración de impuestos es una de las tareas administrativas más importantes de todos los contribuyentes, tanto empresas como autónomos. En este sentido, uno de los principales impuestos que todos los negocios deben declarar, con independencia de su figura jurídica, es el llamado Impuesto sobre el Valor Añadido o IVA.
En general, su presentación se realiza en diferentes plazos según el tamaño y el volumen de negocio de una empresa, aunque la mayoría de los sujetos pasivos lo realiza a través de la declaración trimestral habitual o bien mediante el Régimen de Devolución Mensual (también conocido como REDEME).
Cómo se presenta el IVA
La mayoría de los autónomos y empresarios optan por la presentación trimestral del IVA, ya que es la alternativa más sencilla y la que exige menos carga burocrática: tan solo se debe presentar el modelo 303 trimestralmente y, anualmente, su resumen con el modelo 390.
La modalidad trimestral presenta grandes ventajas en coste y tiempo dedicado, puesto que la carga burocrática ocurre una vez cada tres meses, lo que se traduce en un menor coste económico y de tiempo laboral.
Sin embargo, liquidar los impuestos con esta periodicidad puede provocar que, en empresas de reciente creación o aquellas en las que el IVA que soportan en sus compras es mayor que el que repercuten en sus ventas, sufran problemas de liquidez en el corto plazo.
Qué es el REDEME: así se presenta el IVA mensual
Como alternativa, existe otra modalidad, conocida como Régimen de Devolución Mensual (REDEME), que permite a autónomos y empresarios realizar la presentación mensual del IVA. Esta alternativa genera una mayor carga burocrática a la empresa, al triplicar el número de presentaciones del mencionado impuesto.
Para poder acogerse a esta periodicidad, hay que darse de alta en el Registro de Devolución Mensual, presentando el modelo 036 de forma telemática. Además, se deben presentar mensualmente el modelo 303 y el modelo 340 de Declaración informativa de operaciones en libros registro.
En la declaración mensual, también se debe presentar el resumen anual del IVA con el modelo 290.
Cómo funciona el REDEME
Independientemente del plazo escogido, existen dos criterios distintos a tener en cuenta para su declaración:
- El criterio del devengo, que recoge las operaciones que se facturan en el trimestre actual.
- El criterio de caja recoge las facturas que son cobradas y pagadas en el trimestre actual.
Tras su presentación, el resultado del ejercicio puede ser positivo, en cuyo caso deberás ingresar a Hacienda la cantidad que se indique. Por el contrario, si el resultado es negativo, Hacienda deberá devolverte la cantidad correspondiente, aunque existe la opción de reservar ese resultado y utilizarlo para compensar resultados positivos futuros en un período de hasta 4 años.
En caso de que sea nulo, no debes hacer liquidación, pero sigues teniendo la obligación de presentar la declaración.
Quién puede acogerse al REDEME
No todas las empresas pueden utilizar este método como forma de presentación de dicho impuesto. Deberán cumplir tres requisitos:
- No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.
- Tampoco podrán encontrarse en ninguno de los supuestos que podrían causar baja en el registro de devolución mensual o a revocar el número de identificación fiscal.
- No haber sido excluido del Registro en los tres años previos al de presentación de solicitud de alta.
Ventajas e inconvenientes de este Régimen
El REDEME permite liquidar mensualmente el IVA soportado en las compras con el IVA repercutido, lo cual es una muy buena forma de conseguir mayor liquidez a corto plazo, sobre todo para aquellos negocios cuyo IVA repercutido en las ventas sea inferior al IVA soportado en sus compras, recuperando mes a mes el exceso de IVA pagado.
Sin embargo, la adopción del REDEME como sistema de gestión tributaria ocasionará un mayor coste laboral y económico para la empresa, tanto para registrarse y poder optar a ella como en la propia carga laboral que implica su cumplimiento, en la mayoría de los casos subcontratado a gestorías.
Imagen | Photo Mix