El domicilio a efectos fiscales de cualquier contribuyente, autónomo o empresa es el lugar de localización respecto a sus obligaciones tributarias y relaciones con Hacienda.
Es importante comunicarlo adecuadamente, ya que si el domicilio fiscal es erróneo, la Administración tributaria puede estar intentando localizarnos en vano para notificarnos cualquier aspecto relacionado con nuestros impuestos.
Domicilio fiscal en personas físicas
Para las personas naturales o físicas, se considera el domicilio a efectos fiscales el de su residencia habitual.
Además, si la persona física tiene una actividad económica como autónomo, Hacienda podrá considerar como domicilio fiscal el lugar donde se realice la gestión administrativa de la empresa y la dirección de las actividades desarrolladas.
Domicilio fiscal en personas jurídicas
En el caso de las personas jurídicas, como sociedades limitadas, será el de su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección empresarial. Si no, será el domicilio fiscal el lugar en que se realice dicha gestión o dirección del negocio.
Si Hacienda no pudiera esclarecer el lugar del domicilio fiscal, prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.
Igualmente, la normativa tributaria exige a los empresarios que, además del domicilio fiscal, declaren datos adicionales. Deberán comunicar la localización del lugar donde tengan efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios en territorio español, cuando sea distinto del domicilio fiscal o el domicilio social, si existe y es distinto del fiscal.
En cualquier caso, se deberá aportar la referencia catastral asignada a los distintos domicilios e información de contacto. Facilitará el número de teléfono, y, en su caso, la dirección del correo electrónico y el nombre de dominio o dirección en Internet.
Domicilio fiscal y la declaración de la renta
El domicilio fiscal debe estar perfectamente cumplimentado en la declaración de la renta. En este caso, al ser la residencia habitual, afecta a aspectos como la deducción de vivienda habitual o las deducciones por hijos convivientes a cargo. Esto suele dar pie a inspecciones y sanciones al contribuyente no figurar como residente en dicho domicilio.
Igualmente, el domicilio fiscal cobra importancia y ha sido puesto de moda por algunos Youtubers que se han mudado a Andorra. Esto es así, porque si se reside en España al menos 183 días se considera que se tributa y se paga, entre otros, el IRPF a la Agencia tributaria española.
Como cambiar el domicilio a efectos fiscales
La comunicación inicial y alta censal en Hacienda, así como cualquier cambio en los datos de contacto o domicilio fiscal de los autónomos o de sociedades se realizará mediante el modelo 036. En cambio, los contribuyentes que no sean empresarios podrán hacerlo mediante el modelo 030.
Este modelo de declaración de alta y modificación del censo de obligados tributarios lo podemos cumplimentar y presentar de forma telemática a Hacienda tantas veces como se requiera, teniendo carácter vinculante sobre los datos que facilitemos a Hacienda.
El domicilio fiscal en la factura
Uno de los errores habituales en el contenido de las facturas son los fallos en los datos fiscales. En estos datos fiscales debe aparecer correctamente el domicilio fiscal tanto del proveedor como el del cliente.
En el caso de que en el contenido de una factura se comenta un error de este tipo hay que recordar que podremos solucionarlo a través de la emisión de una factura rectificativa.
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