Cómo presentar el modelo 303, de declaración trimestral del IVA

Todos los autónomos y pymes, en el ejercicio de su actividad, deben presentar la declaración trimestral del IVA. Este trámite se realiza a través del modelo 303 de la Agencia Tributaria, de Autoliquidación del IVA.

Qué es el modelo 303 del IVA

El modelo 303 es el formulario que sirve para presentar la declaración trimestral del IVA a la Agencia Tributaria.

Sirve para abonar el IVA de manera fraccionada. Se calcula como la diferencia entre el IVA repercutido de las ventas y el IVA soportado de las compras afectas a la actividad.

Si el resultado es positivo, es decir, en favor de la Agencia Tributaria, la empresa o el profesional deberá abonarlo en unos plazos que veremos más adelante. Si, en cambio, el resultado es en favor de la empresa, podrá recibir la parte correspondiente en efectivo o bien compensar el resultado de las siguientes declaraciones.

El formulario está dividido en 8 secciones y más de 80 casillas, aunque la mayoría de ellas son irrelevantes para casi todos los autónomos y la inmensa mayoría de las sociedades.

Quién debe presentar el modelo 303 del IVA

Cualquier empresario o profesional que desarrolle una actividad sujeta a IVA estará obligado a presentar el modelo 303, con independencia de su estructura jurídica (sociedad, autónomo, comunidad, cooperativa…) y del resultado de su declaración (positivo, negativo, cero…).

Las únicas excepciones que eximen a los profesionales a presentar el modelo 303 son aquellas actividades que estén exentas de IVA, como los servicios médicos o sanitarios, la enseñanza y la formación o la psicología, entre otros.

Plazo de presentación del modelo 303

El modelo 303 se presenta trimestralmente pero, como el resto de modelos, tiene unos plazos que se deben cumplir:

  • Del 1 al 30 de enero, con la declaración correspondiente al último trimestre del ejercicio anterior.
  • 1 al 20 de abril, correspondiente a la declaración del primer trimestre de ese ejercicio.
  • Entre el 1 y el 20 de julio, correspondiente al segundo trimestre del ejercicio.
  • 1 al 20 de octubre, para el tercer trimestre del ejercicio.

En caso de que la declaración sea a pagar y con domiciliación en cuenta, que es el caso habitual, el plazo de presentación se reducirá en 5 días hábiles.

Cómo se presenta el modelo 303

Hay dos formas de presentar el modelo 303:

  • Utilizando la Cl@ve PIN o presentando el formulario de predeclaración del modelo 303. Esta opción solo estará habilitada para aquellas personas físicas o jurídicas que no estén obligadas a certificado electrónico.
  • Mediante certificado electrónico, accediendo a la web de la Agencia Tributaria. Tanto las entidades que tengan la estructura jurídica de sociedad anónima (SA) o sociedad limitada (SL), además de aquellas que estén acogidas al REDEME, enviarán sus declaraciones de forma obligatoria por Internet a través de un certificado electrónico reconocido.

Una vez dentro, y aunque el formulario contiene muchas casillas, los elementos más importantes del modelo son los siguientes:

IVA devengado

En esta sección se incluirán tanto las bases imponibles de los productos o servicios vendidos, el tipo que se aplicará y la cuota total a satisfacer a Hacienda.

En el caso de las bases imponibles gravadas con un 4%, se tienen que introducir la base imponible en la casilla 01, si está gravada a un 10% en la casilla 04 y si lo está al 21% en la casilla 07. Una vez introducidas las bases, se calculará la cuota correspondiente y se rellenarán automáticamente las casillas 03, 06 y 09.

Recargo de equivalencia

Es un régimen especial de IVA que se aplica a comerciantes minoristas. Se trata de un tipo porcentual que se añade al tipo del IVA, y que el comercio repercute a sus clientes. Este tipo de comercios deberán declarar las bases imponibles gravadas, el tipo aplicado y las cuotas resultantes. Los tipos son los siguientes:

  • 5,20% para los productos gravados con el IVA del 21% (casilla 16).
  • 1,40% para los productos gravados con un IVA del 10% (casilla 19).
  • 0,50% para los artículos con un IVA del 4% (casilla 22).
  • 1,75% para el tabaco (casilla 22).

Adquisiciones intracomunitarias

En la casilla 10 se hará constar las adquisiciones intracomunitarias (operaciones dentro de la Unión Europea) del trimestre con sus correspondientes cuotas devengadas, en la casilla 11.

Cuotas soportadas

En las casillas 28 a 39 se harán constar las bases imponibles y las cuotas soportables deducibles (el IVA soportado que se aplica sobre las compras afectas a la actividad del autónomo o la empresa).

En este caso, habrá que diferenciar entre operaciones corrientes u operaciones con bienes de inversión.

Prorrata del IVA

Cuando el negocio desarrolla varias actividades, algunas de las cuales están sujetas al impuesto y otras exentas, y estas últimas superan el 10% del volumen total de facturación, se dice que se entra en prorrata, un concepto que implica que solo se podrá deducir una parte del IVA soportado.

Durante los tres primeros meses del año, se aplica un porcentaje que depende de la facturación del año anterior. En el cuarto trimestre se aplica la prorrata definitiva. En la casilla 45 se sumarán todas las cuotas aplicables y se obtendrá la base del total del IVA deducible.

Resultado del modelo 303

En la casilla 71 se informará sobre el resultado final de la declaración del modelo 303 del IVA, que será a pagar o a devolver. Si el resultado de la declaración es negativo, quedará un importe a compensar con las declaraciones posteriores y se podrá enviar ya la declaración.

En caso de que el resultado sea positivo, el importe se ingresará bien a través de domiciliación bancaria o a través de otros reconocimientos de deuda con solicitud de aplazamiento o compensación.

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