Diferencias entre ticket y factura y su validez frente a la AEAT

Las palabras ticket y factura están en nuestro vocabulario diario como consumidores o como empresas. Se usan indistintamente, si bien existen claras diferencias entre ticket y factura.

Al final, de forma generalista, nos referimos a lo mismo, a un documento justificativo de haber realizado una operación de compraventa de productos o servicios.

Del ticket a la factura simplificada

En la normativa actual, el Reglamento de facturación vigente desde 2013, los tickets, como tal, con esa nomenclatura, han dejado de existir. En ese momento, fueron sustituidos por las facturas simplificadas.

Pero como verás, se sigue usando el término ticket para referirse informalmente a las facturas simplificadas, las cuales si cumplen con los requisitos establecidos son totalmente válidas ante la Hacienda.

¿Diferencias entre factura y factura simplificada o ticket?

Una vez tenemos superado que cuando hablamos de ticket estamos refiriéndonos a una factura simplificada, ahora es conveniente analizar las diferencias entre una factura simplificada o ticket y factura.

Las facturas ordinarias, llevan toda la información completa de la operación. En cambio, la factura simplificada tiene un contenido más reducido que las facturas completas u ordinarias. En las facturas simplificadas se pueden omitir datos del receptor de la factura y del IVA o IGIC aplicable.

Concretamente, en las facturas simplificadas no es necesario incluir los datos del receptor de la factura, ni desglosar el importe de la base imponible, ni contener expresamente la cuota de IVA o IGIC y se puede omitir la descripción completa de todos los conceptos de la operación.

Por tanto, cuando emitas una factura simplificada deberá contener al menos: Número, fecha, Número de Identificación Fiscal (NIF) del vendedor, los productos vendidos o servicios prestados, la expresión “IVA incluido” o IGIC incluido” y el importe total.

¿Qué es una factura simplificada?

Las factura simplificada o ticket se puede emitir en los siguientes supuestos:

  • Facturas cuyo importe no supere los 400 euros con IVA incluido.
  • Cuando se trate de facturas rectificativas.
  • Empresas autorizadas por el Departamento de Gestión Tributaria.
  • Operaciones en las que el Reglamento de facturación anterior, permitía la emisión de Tickets y que no excedan de 3.000 euros, IVA incluido. Entre ellas, se contemplan las ventas al por menor a consumidores finales, servicios a domicilio, transporte de personas, las actividades de hostelería y restauración, peluquerías y centros de belleza, instalaciones deportivas, servicios de estudios fotográficos, aparcamiento de vehículos, tintorerías y lavanderías o autopistas de peaje, entre otros.

Cómo deducir el IVA o el IGIC de una factura simplificada

Las facturas simplificadas son un documento legal ante la AEAT, siendo válidas para contabilizarlas y a la hora de justificar un gasto. 

El principal inconveniente está a la hora de deducir los impuestos. Para poder deducir el IVA o el IGIC de una factura simplificada o ticket, a través del modelo 303, esta debe contener el NIF del destinatario y domicilio, así como un desglose de IVA o IGIC aplicado, de forma separada y explicitando su cuota.

Imagen: Pixabay.com/mohamed_hassan

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