El paro no es una quimera para los trabajadores por cuenta propia. Para poder acceder a la prestación por desempleo, antes hay que solicitar el cese de actividad como autónomo (y haber cotizado por él).
La prestación por cese de actividad está regulada por la Ley General de Seguridad Social en sus artículos del 347 al 343, que determinan cómo cobrar el paro autónomo y qué requisitos hay que cumplir.
Quienes pueden solicitar el cese de actividad como autónomos
Los requisitos para poder solicitar el paro de los autónomos son:
- Ser trabajador autónomo, tanto afiliado al RETA como a cualquier otro régimen de autónomos.
- Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social.
- Tener cubierta la contingencia por cese de actividad, que sólo es obligatoria para determinados autónomos y se debe configurar al darte de alta como autónomo.
- Estar al corriente de pago de las cuotas como autónomo.
- Haber cotizado un periodo mínimo de 12 meses de forma continua justo antes de solicitar el cese.
- Suscribir el compromiso de actividad, como harías al pedir el paro.
Causas para solicitar el cese de actividad
Quienes cumplan los requisitos anteriores podrán pedir el cese de actividad como autónomo, aunque deberán acreditar la causa para hacerlo. En otras palabras, que no pueden continuar con su actividad por motivos involuntarios como haber perdido la mayor parte de su base de clientes.
El siguiente documento de la Seguridad Social resume las causas técnicas para pedir el paro como autónomo.
Cómo solicitar el cese de actividad como autónomo
El proceso para pedir el paro de los autómomos se realiza a través de la Mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tengas contratada la cobertura de esta prestación.
En caso de que sea el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien cubra la contingencia, habrá que acudir al SEPE, que cuenta con un documento específico para solicitar el cese.
Esta solicitud hay que rellenarla en el plazo de un mes desde el cese de la actividad y en ella habrá que poner todos tus datos personales y el motivo del cese.
Cuánto y hasta cuándo se cobra el paro como autónomo
Como con el paro de los asalariados, la duración de la prestación depende del tiempo cotizado. El periodo mínimo de cotización es de 12 meses, que dará derecho a cobrar durante 4 meses. Esta tabla resume cuánto dura la prestación por cese de actividad:
MESES COTIZADOS | DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN |
De 12 a 17 meses | 4 meses |
De 18 a 23 meses | 6 meses |
De 24 a 29 meses | 8 meses |
De 30 a 35 meses | 10 meses |
De 36 a 42 meses | 12 meses |
De 43 a 47 meses | 16 meses |
Con 48 meses | 24 meses |
¿Y la cuantía? El dinero que percibirás es del 70% de la base reguladora de los últimos 12 meses con una cantidad mínima del 80% del IPREM si no tienes hijos a cargo y del 107% si los tienes.
La prestación especial por cese de actividad
El cese de actividad ordinario del autónomo o paro de los autónomos es diferente de la prestación ordinaria compatible con el trabajo que se reguló como respuesta al coronavirus y que cubría a los autónomos que acreditasen una reducción del 75% de sus ingresos. Esta es una de las prestaciones que se ha prorrogado hasta el 31 de enero de 2021.
Como con el cese por actividad, la cuantía es del 70% de la base reguladora y para solicitarla hay que haber cotizado por la contingencia y estar al corriente de pago.
También lo es de la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada por la pandemia y que permite cobrar el paro como autónomo, aunque no se hayan cotizado los 12 meses prescriptivos.
Lo que no cambia son las vías de solicitud. Para pedir ambas ayudas a los autónomos hay que acudir a la Mutua.
Imagen I Gabriella Clare Marino